Ø Todos los documentos *civiles* (partidas de nacimiento, actas de
matrimonio, actas de defunción, carta de soltería, cualquier documento
notariado o registrado) deben pasar por el _Registro Principal del estado donde
fue emitido el documento_ para su legalización. Hacer énfasis que es para
apostilla. El documento te lo entregan con dos hojas de legalización anexas. De
allí va directo a apostilla.
Ø Todos los documentos de educación primaria o media general (título,
fondos negros, notas certificadas, entre otros) pasan por la _Zona Educativa
correspondiente al estado donde se encuentra el plantel_. Las notas deben
solicitarlas actualizadas en el plantel del cual egresaron; si éste está
cerrado, se solicitan directamente en la ZE. Igualmente las actas de promoción
de los niños también pasan por allí, excepto de maternal, ellos sólo necesitan
su partida de nacimiento para ser inscritos en un colegio extranjero. Ya de
allí van _directo a apostilla_. *NO* pasan por el Ministerio de Educación, ése
paso fue eliminado.
Ø Los títulos pergamino de *universidades privadas* van directo a
apostilla. *NO pasan por GTU* (Gestión de Trámites Universitarios, Ministerio
de Educación Universitaria). Fijarse en la parte delantera inferior que diga
REFRENDADO.
Ø Los títulos pergamino de *universidades públicas SÍ pasan por GTU*. Para
ello deben tener cita GTU. La cita de apostilla ya no es requisito (para el
12/02/2017).
Ø Todos los documentos inherentes a educación universitaria (pensum,
notas, programas, fondos negros, acta de grado, entre otros) sean de
universidad pública o privada *SÍ pasan por GTU. OBLIGATORIAMENTE*. Éste
trámite es sólo en Caracas, una vez lleves los documentos originales el día de
la cita, pasan por vista y devolución y a los 3 días hábiles llega la refrenda
por medio de correo electrónico.
Ø Para solicitar las citas de *GTU* debe estar atento/a los lunes,
miércoles y jueves de 4:00 pm a 8:00 pm, ya que son los días y horarios que
abren el sistema y la cita se solicita para la semana siguiente.
Preferiblemente deberá tener todos sus documentos firmados por la _máxima
autoridad de la institución de la cual egresó_ para pedirla.
Ø Los documentos de la cita GTU *NO* se modifican. Ingrese todos los que
desea legalizar.
Ø Los documentos de la cita de apostilla *SÍ* se modifican.
Ø La cita de apostilla *NO* se puede cancelar, solicítela sólo si tiene al
menos un documento seguro para apostillar, pues, si pierde la cita, sólo tendrá
una nueva oportunidad para solicitarla.
Ø Los documentos dirigidos a países que *no* están dentro del Convenio de
La Haya son legalizados. Luego de eso, deberá dirigirse al consulado o embajada
correspondiente para validarlos.
Ø La Apostilla de La Haya *NO* vence.
Ø Lo que vence son algunos documentos, como los antecedentes
penales.
Ø Los antecedentes penales, luego de ser aprobados vía internet, se
imprimen y están listos para apostillar, ya que vienen con un código de barras.
*NO* deberá llevarlos a validar a ningún otro sitio.
Ø *NO* necesita estampillas para entregar documentos en el GTU. Las debe
pegar al *retirar* los documentos. En la sede del Ministerio de Educación
Universitaria las venden, NO las compre en la calle.
Ø Las fechas o lugares de las citas, o quién asiste a éstas (en caso de
apostilla), *NO* son modificables.
Ø Los documentos en GTU son revisados por un funcionario y devueltos de
inmediato el día de la cita, posteriormente llegará al correo electrónico del
titular la refrenda de los documentos en un lapso de 3 días hábiles, debe
imprimirse y adjuntar al documento que corresponda.
Ø Para cursos y diplomados que *NO* estén avalados por el Ministerio de
Educación se realiza una *declaración jurada*. Eso te lo redacta y te lo firma
un abogado con los originales de los diplomas anexos, se lleva a notaría y
luego al Registro Principal para que te lo legalicen para el extranjero. Luego
de allí va directo a apostilla; se puede colocar en *Documentos Civiles* como
documento inherente al registro civil.
Ø Para cursos y diplomados que *SÍ* estén avalados por el Ministerio de
Educación se deben llevar a legalizar a la Zona Educativa. Luego de allí va
directo a apostilla.
Ø Para cursos y diplomados que *SÍ* estén avalados por una universidad
(UCV, ULA, UC, UDO, USB, etc.) deben llevarlos a firmar por la máxima autoridad
de la institución y luego pasarlos por el Ministerio de Educación Superior
(Mppuct-GTU) como *diploma*. Luego de allí va directo a apostilla. Este
procedimiento se puede hacer igual por medio de *declaracion jurada* (ver punto
17) y tiene la misma validez.
Ø Para referencias laborales, constancias de trabajo y cualquier documento
*laboral* se realiza una *declaración jurada*. Eso te lo redacta y te lo firma
un abogado con los originales de las constancias anexas, se lleva a notaría y
luego al Registro Principal para que te lo legalicen para el extranjero. Luego
de allí va directo a apostilla; se puede colocar en *Documentos Civiles* como
documento inherente al registro civil. *SÍ* se pueden colocar varias
constancias o referencias en una sola declaración jurada. Hay notarías que no
lo permiten o lo reciben hasta cierto número de constancias. En ese caso simplemente
llévalo a otra notaría.
Ø Cada estado tiene sus propios lapsos de entrega para los documentos
apostillados.
Ø Cada Zona Educativa tiene sus propios requisitos y lapsos de entrega de
documentos.
Ø Cada Registro Principal tiene sus propios lapsos de entrega y dinámicas
de trabajo para legalizar documentos civiles.
Ø Cada institución educativa tiene sus propios requisitos, dinámicas y
lapsos de entrega.
Copiado
del CHAT Zarabón Servicios. Enero 2018..
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